Cárcel por fisgar en el móvil de la esposa

Manipular un teléfono móvil ajeno comporta sus riesgos, como enterarse de cosas que no se desea conocer. Y si es de la mujer con la que convives y estás rompiendo la relación, la situación puede complicarse. Eso es lo que le ha pasado a A. J. S. Un juez de Girona ha condenado a este vecino de una población de la Cerdanya dos años y medio de prisión (si se confirma la pena deberá ingresar en la cárcel) por haber accedido al teléfono de la que era entonces su compañera sentimental y descargar un fichero guardado en el correo electrónico y varios mensajes. El fiscal llegó a pedir en el juicio hasta tres años de prisión para el imputado.

La inédita sentencia declara probado que el 22 de diciembre del 2014, A. J. S. se encontraba en el domicilio que compartía con su pareja sentimental, M. P. T., en una pequeña población de la Cerdanya. El acusado, «guiado por el ánimo de menoscabar la intimidad» de la que era su compañera, cogió el teléfono móvil de esta y accedió al mismo introduciendo la clave. Tras ello y a escondidas, descargó un fichero guardado en el correo electrónico, el cual contenía una fotografía de la mujer con un hombre, así como varios mensajes de la aplicación Line. El juez sostiene que no ha quedado acreditado que el imputado hiciera difusión de esa información a terceros.

El juez Antonio Miralles Amorós, del Juzgado de lo Penal número 4 de Girona, atribuye a A. J. S. un delito de descubrimiento y revelación de secretos, con la circunstancia agravante de parentesco. Además de imponerle la pena de dos años y medio de prisión, le condena al pago de una multa de 3.240 euros y le prohíbe aproximarse a menos de 100 metros y comunicarse durante tres años y seis meses con la que fue su pareja sentimental. El abogado del imputado, Marc Molins Raich, ya está preparando el recurso contra esta sentencia, al considerar que el pronunciamiento «genera un precedente peligroso y poco adecuado a la legislación penal».

SIN PERMISO

El acusado declaró que al móvil utilizado por la mujer tenía acceso la familia y que, por lo tanto, todos tenían acceso a la clave. Sostuvo que un día accedió al teléfono para jugar y le llegó una fotografía, abrió el correo y vio una relación de chats con otra persona. A su entender, no era una conversación privada. Hacía 20 años que convivía con la mujer y esta nunca le había dicho que había determinado contenido que no pudiera mirar. Así, no pidió permiso para acceder al teléfono.

La esposa, por su parte, manifestó que estaba en proceso de separación y que no sabe cómo su pareja tuvo acceso al teléfono. La contraseña, dijo, no estaba escrita en ningún papel, pero sí en un archivo virtual en internet que era compartido. Aseguró que se sintió controlada.

El juez afirma que el acusado accedió a los mensajes de contenido privado sin consentimiento de su esposa y que los datos que obtuvo son «integrantes del concepto de secreto». En su opinión, no se trata de un mero «fisgoneo» o una «visión fugaz o momentánea del contenido privado», sino que el acusado se apropió del contenido. Y agrega que la relación matrimonial no constituye excusa absolutoria

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