Cárcel por dar un mordisco a un policía tras pararle porque iba en bicicleta en sentido contrario

Un hombre ha sido condenado a un año de cárcel por dar un mordisco a un policía local que intentaba reducirle después de que este se resistiera a enseñar la documentación para multarle porque circulaba en bicicleta en sentido contrario al del tráfico.

La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia del juzgado de instancia que condenó al acusado por un delito de atentado a un año de cárcel, al pago de una multa de 320 euros por las lesiones ocasionadas al agente, al que deberá indemnizar con 30 euros.

Los hechos sucedieron en la céntrica calle Carretería, en mayo del año pasado. Según la sentencia, sobre las 19,15 horas, el hombre ahora condenado y su pareja circulaban en bicicleta en sentido contrario al autorizado en la vía, por lo que fueron requeridos por agentes de la Policía Local que efectuaban funciones de regulación del tráfico.

Los agentes le instaron para que detuviese la marcha, pero el hombre reaccionó de forma alterada, según explica la sentencia, diciéndoles que se iba a marchar porque no tenían derecho a pararle y haciendo el ademán de abandonar el lugar. Los agentes le pidieron entonces la documentación para imponerle una sanción, a lo que también se negó.

Acto seguido el hombre comenzó a dar gritos y a vociferar, subiéndose a una valla que había en la zona, junto a unos aparcamientos.

El incidente llamó la atención de muchas personas que se aglomeraron en el lugar, por lo que los agentes de tráfico pidieron la presencia de más efectivos.

Cuando los policías fueron a reducirle, intentando separarlo de la valla a la que había agarrado, el acusado propinó un mordisco en el brazo a uno de los agentes, ocasionándole una erosión superficial en la muñeca.

El hombre apeló ante la Audiencia de Málaga la condena que le impuso el Juzgado de lo Penal número 1 de la capital, al considerar que no se había tenido en cuenta en este caso la declaración como testigo de su compañero sentimental. En ese sentido, el tribunal de apelación señala que es cierto, pero afirma a continuación que dada la relación existente entre ambos, es «humanamente comprensible que aquel trate de no perjudicarle y que frente a dicha subjetiva declaración, se alza la más objetiva e imparcial de los agentes». La sentencia es firme.

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